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Intervención frente a inspecciones

Las formas más habituales de inicio de la actividad inspectora son:

  • Por orden de un superior
  • Por iniciativa del propio Inspector
  • Por denuncia realizada contra el empresario
  • Por orden de una Administración Pública o Juzgado

El Inspector tiene reconocidas por Ley facultades que consisten en solicitar:

  • Que le acompañes en la inspección al centro de trabajo
  • La aportación de documentación sociolaboral tuya o de tus empleados
  • Requerirte para que comparezcas en las oficinas públicas
  • Hacer mediciones o tomar muestras

Siempre hay que tener a su disposición el Libro de Visitas, y en caso de ser requerido a la sede del organismo público, se debe presentar para que el Inspector pueda dejar constancia de las actuaciones realizadas

La obstaculización a la labor inspectora está tipificada como infracción grave, con sanciones que van, en su grado mínimo, de 626 a 1.250 euros; en su grado medio de 1.251 a 3.125 euros; y en su grado máximo de 3.126 a 6.250 euros

En Asesorias Napoles le ofrecemos intervenciones frente a inspecciones laborales