ASESORIAS NAPOLES | info@asesoriasnapoles.es |
T. 93 468 58 10 / F. 93 468 58 11

Tramitación y negociación de expedientes de regulación de empleo

Realizamos los procedimientos administrativos necesarios, para que una empresa obtenga el permiso de la Autoridad Laboral competente, para poder despedir a sus empleados en circunstancias distintas a las habituales

Es un procedimiento excepcional que sólo se puede iniciar si concurren determinadas circunstancias estipuladas por la ley (podrían también solicitarlo los empleados si consideran que el hecho de que la empresa no lo haga les puede causar algún perjuicio)

La tramitación de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) sólo se puede iniciar si concurren las siguientes circunstancias:

  • Muerte del empresario o desaparición de la personalidad jurídica de la empresa
  • Despido colectivo o suspensión de la relación laboral por causas de fuerza mayor, es decir, circunstancias no previstas que impiden el desarrollo normal de la actividad como un incendio
  • Despido colectivo o suspensión basado en causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción, cuando el fin sea mejorar la viabilidad de la empresa o ésta sea imposible

Algunas de nuestras gestiones:

  • Consultas y diálogo para alcanzar algún acuerdo con los trabajadores o a sus representantes
  • Solicitud del Expediente de regulación de empleo a la Autoridad Laboral competente:
    • Memoria con las alegaciones legales que correspondan a la situación de la empresa, así como, los correspondientes documentos acreditativos
    • Informe del número de trabajadores, de sus funciones y de aquellos que se verán afectados

Tras la solicitud se inicia un periodo de diálogo entre la empresa y los trabajadores con el fin de llegar a un acuerdo. Esta negociación no podrá ser inferior a 30 días. En el caso de las empresas de menos de 50 trabajadores este periodo se reduce a 15 días

Sin embargo, si se alcanza un acuerdo se podrá finalizar la negociación en cualquier momento, a no ser que el pacto consista en la suspensión de la relación laboral entre la empresa y los trabajadores. En este caso aunque haya acuerdo será necesario que el periodo de consultas tenga una duración mínima de 15 días

Si finalmente los trabajadores fuesen despedidos tendrán derecho a una indemnización, que será pactada durante la negociación entre los representantes de los trabajadores y Asesoria Napoles en nombre de la empresa