Intervención frente a inspecciones
Las formas más habituales de inicio de la actividad inspectora son:
- Por orden de un superior
- Por iniciativa del propio Inspector
- Por denuncia realizada contra el empresario
- Por orden de una Administración Pública o Juzgado
El Inspector tiene reconocidas por Ley facultades que consisten en solicitar:
- Que le acompañes en la inspección al centro de trabajo
- La aportación de documentación sociolaboral tuya o de tus empleados
- Requerirte para que comparezcas en las oficinas públicas
- Hacer mediciones o tomar muestras
Siempre hay que tener a su disposición el Libro de Visitas, y en caso de ser requerido a la sede del organismo público, se debe presentar para que el Inspector pueda dejar constancia de las actuaciones realizadas
La obstaculización a la labor inspectora está tipificada como infracción grave, con sanciones que van, en su grado mínimo, de 626 a 1.250 euros; en su grado medio de 1.251 a 3.125 euros; y en su grado máximo de 3.126 a 6.250 euros
En Asesorias Napoles le ofrecemos intervenciones frente a inspecciones laborales